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Funcionamiento de una Asociación

Estructura interna

Adaptación a la nueva Ley 1/2002 reguladora del derecho de asociación

Actividad interna: modificación de estatutos, gestión de socios, cambio de delegaciones, código de conducta para inversiones temporales, protección de datos personales

Disolución de la asociación

Estructura interna

Una asociación se dirige y gestiona a través de diferentes órganos:

Asamblea General

Es el órgano supremo de gobierno de la asociación

Define los objetivos que la asociación va a perseguir y los criterios que empleará en su consecución.

Encarna el carácter democrático de la asociación al estar compuesta por todos los socios con idénticos derechos de voz y voto.

Adopta sus acuerdos por el principio mayoritario.

Es necesario incentivar a los socios a su asistencia y a la participación activa de forma que se convierta en un órgano vivo y dinámico.

Junta Directiva

Es el órgano ejecutivo y de representación de la asociación, responsable de las cuestiones legales, económicas y de organización interna de la asociación.

Se trata de un órgano colegiado integrado, según la Ley orgánica 1/2002 reguladora del derecho de asociación, exclusivamente por socios, encargado de tomar las decisiones más adecuadas para que la misión de la asociación se materialice.

Puede delegar sus funciones de dirección en, un equipo de gestión, un subconsejo, el gerente del personal, u en otros grupos.

Conviene determinar claramente las funciones de la Junta en los estatutos.

Para saber más sobre sus funciones, composición, funcionamiento de la Asamblea y Junta Directiva puedes descargar este documento.

En asociaciones pequeñas se pueden dar el caso de que los órganos de gestión y de gobierno recaigan en las mismas personas.

Modelos

Convocatoria de Asamblea General

Solicitud de convocatoria de una Asamblea Extraordinaria de socios/as

Carta de comunicación a los socios/as de la convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria/ ordinaria

Delegación de voto

Acta de la Asamblea General

Certificado de los Acuerdos adoptados por la Asamblea General

Escrito de impugnación ante la Asamblea General de un acuerdo adoptado

Carta de comunicación convocando a los miembros de la Junta Directiva a la reunión.

Carta de Comunicación a los Socios/as de los Acuerdos adoptados por la Junta Directiva

Acta de la Reunión de la Junta Directiva

Certificado de acuerdo adoptado por la Junta Directiva

Adaptación a la nueva Ley 1/2002 reguladora del derecho de asociación

Las asociaciones inscritas, en el correspondiente registro con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 1/2002, deberán adaptar sus Estatutos a dicha Ley en el plazo de dos años. Para más información sobre la modificación de estatutos y la comunicación al Registro de asociaciones puedes descargar este documento.

Modelos

Certificado de Acta de modificación estatutaria para adaptación a la Ley Orgánica 1/2002

Estatutos modificados para adaptación a la Ley Orgánica 1/2002

Solicitud de inscripción de adaptación a la Ley Orgánica 1/2002, con modificación de Estatutos.

Solicitud de inscripción de adaptación a la Ley Orgánica 1/2002, sin modificación de Estatutos.

Certificado de Acta con acuerdo de adaptación a la Ley Orgánica 1/2002, sin modificación de Estatutos, en el que se recogen los datos exigidos por la Disposición transitoria primera de dicha Ley

Actividad interna: modificación de estatutos, gestión de socios, cambio de delegaciones, código de conducta para inversiones temporales, protección de datos personales

En el desarrollo de las actividades cotidianas de una asociación la gestión de socios es una de las más características. Asimismo se pueden producir cambios internos que obliguen a la modificación de los estatutos de la asociación, cambios de cualquier otro dato identificativo y cambios de delegaciones entre otros. Para saber más sobre el funcionamiento de una asociación puedes descargar este documento

Modificaciones de estatutos

Las modificaciones de estatutos así como cualquier otro cambio de datos identificativos deberán ser comunicados a los registros correspondientes:

Una asociación de ámbito estatal deberá notificárselo al Registro Nacional de Asociaciones.

Una asociación del ámbito autonómico de Galicia deberá comunicárselo a la delegación provincial correspondiente de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas e Xustiza para que proceda a su actualización en el Registro de Asociaciones.

Modelos

Acuerdo de la Junta Directiva para modificar los estatutos

Certificación de la Asamblea General Extraordinaria sobre la modificación de Estatutos

Solicitud normalizada de modificación de estatutos de una asociación del ámbito de Galicia

Gestión de socios

La gestión de los socios/as que se integran en una asociación supone para la mayoría de los casos el único ingreso verdaderamente fijo del que dispone una asociación. Las cuotas de los socios garantizan la estabilidad y continuidad de la entidad y son reflejo del compromiso y la implicación de los socios por los objetivos y actividades de la asociación.

Modelos

Solicitud de ingreso de socios

Carta de aceptación de socios/as

Libro de socios

Autorización de domiciliación bancaria

Recibo de cobro de cuota

Solicitud de baja de socio

Código de conducta para inversiones temporales

Acuerdo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores ( CNMV), aprobado el 20 de noviembre de 2003 y publicado en el BOE de 3 de enero de 2004

Con la publicación del presente Acuerdo, se comienzan a desarrollar principios obligatorios y recomendados de funcionamiento para las entidades sin fines lucrativos en el ejercicio del derecho a rentabilizar su tesorería mediante la realización de inversiones temporales en el mercado de valores. Para conocer cómo deben actuar las entidades no lucrativas descarga este documento

La protección de datos personales en las ONLS

Las ONLs están obligadas a cumplir la normativa de protección de datos si disponen de cualquier tipo de datos de personas físicas. La Ley Orgánica 15/1999 está vigente desde el año 2003, por lo que es obligatorio su cumplimiento en el caso de los datos automatizados (informatizados). En el caso de los datos personales en papel ( no informatizados), la ley contempla una moratoria en el cumplimiento de estas obligaciones hasta el año 2007. Para saber más sobre este tema puedes leer este artículo y consultar la web de la Agencia Española de Protección de Datos

Disolución de la asociación

La disolución de una asociación deberá ser comunicada al registro correspondiente.

Una asociación de ámbito estatal se lo notificara al Registro Nacional de Asociaciones.

Una asociación de ámbito autonómico de Galicia deberá comunicarlo en la delegación provincial correspondiente de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas e Xustiza para que proceda a la inscripción de la disolución de la asociación en el Registro de Asociaciones a los efectos de publicidad.

Modelos

Solicitud normalizada de disolución de una asociación de ámbito de Galicia





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